¡España! nueva circular sobre protección de datos personales
La nueva circular establece el derecho de los usuarios a no recibir llamadas con fines de comunicación comercial no solicitadas, salvo que exista consentimiento previo del propio usuario para recibir este tipo de comunicaciones o que estas puedan ampararse en otra base de legitimación.
Punto clave de la circular:
Esta circular ha sido publicada con el fin de dar desarrollo al apartado 1 del articulo 66 de la ley 11/2022 que regula el derecho de los usuarios finales a la protección de datos
personales y la privacidad en relación con las comunicaciones no solicitadas, en especial las llamadas comerciales.
Se resalta que está prohibición puede omitirse en dos situaciones:
- Cuando el titular de la información ha expresado su autorización para realizar estas llamadas;
- Cuando la empresa que llama puede justificar que tiene un interés legítimo.
Frente a este último punto, la AEPD establece que el Responsable de la información deberá realizar, con carácter previo al inicio al tratamiento y atendiendo a las distintas categorías de afectados, la correspondiente ponderación de los derechos e intereses en conflicto.
Por lo tanto, para que la empresa pueda justificar su interés legítimo, el usuario debe haber tenido una relación previa con ella habiendo adquirido sus productos o servicios y, además, los productos ofrecidos por la empresa deben ser similares a los que se hubieran contratado con anterioridad.
Esta posibilidad, sólo se refiere a las llamadas de la misma empresa con la que se hubiera tenido esa relación y no a otras entidades, aunque pertenezcan a su mismo grupo empresarial. Además, si la relación contractual ya no está en vigor y el usuario no ha realizado ninguna otra solicitud o interacción con la empresa durante el último año, no podrán llamarle. https://www.aepd.es/es/prensa-y-comunicacion/notas-de-prensa/la-aepd-publica-la-circular-sobre-el-derecho-de-los-usuarios
Temas principales de la circular:
Consentimiento informado: Se enfatiza la importancia de proporcionar información clara y comprensible sobre cómo se utilizarán los datos.
Derecho de acceso y rectificación: Los usuarios tienen derecho a acceder a sus datos personales y solicitar su modificación si están incompletos o incorrectos.
Derecho al olvido: Se reconoce el derecho de los usuarios a solicitar la supresión de sus datos personales cuando ya no sean necesarios o cuando se haya producido un tratamiento ilícito de los mismos.
Seguridad de los datos: La circular hace hincapié en la necesidad de implementar medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad de los datos personales y prevenir su pérdida, acceso no autorizado o divulgación indebida.
Para más contenido por favor diríjase al siguiente link https://mslegal.com.co/florida-y-su-nueva-ley-de-proteccion-de-datos-personales/
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