Negociando Justicia: Cuantías procesales para el año 2024.
Con la regulación del salario mínimo por el Gobierno Nacional año a año, también se fijan las cuantías de los procesos regidos por el Código General del Proceso en materia de procesos civiles. A su vez, con estos valores también es determinada la competencia de los jueces.
Cuantías procesales en materia civil:
Para el año 2024, en Colombia las cuantías se fijaron de la siguiente manera:
Mínima cuantía: cuando las pretensiones patrimoniales no excedan los $ 52.000.000.
Menor cuantía: cuando las pretensiones patrimoniales superen los $ 52.000.000, pero sin exceder de $ 195.000.000.
Mayor cuantía: cuando las pretensiones patrimoniales sean mayores a $ 195.000.000.
Cuantías procesales en otras materias:
Laboral: Jueces laborales del circuito conocen en única instancia los negocios que excedan los $ 26.000.000. En primera instancia, de todos los demás. Donde no haya, conocerá el respectivo juez de circuito civil.
Jueces municipales de pequeñas causas y competencia múltiple, donde existen, conocen en única instancia de los negocios cuya cuantía no exceda los $ 26.000.000.
Administrativo: Los de nulidad y restablecimiento del derecho contra actos administrativos de cualquier autoridad, cuya cuantía no exceda de $ 650.000.000.
- Los suscitados alrededor del monto, distribución o asignación de impuestos, contribuciones y tasas cuya cuantía no exceda de $ 650.000.000.
- Los relativos a los contratos en los que sea parte una entidad pública y de los contratos celebrados por cualquier entidad prestadora de servicios públicos domiciliarios, cuando la cuantía no exceda de $ 650.000.000.
- Los de reparación directa cuando la cuantía no exceda de $ 1.300.000.000.
- Los procesos ejecutivos cuando la cuantía no exceda de $ 1.950.000.000.
- Los de repetición, cuando la cuantía no exceda de $ 650.000.000.
- Los del medio de control de reparación de perjuicios causados a un grupo, cuando la cuantía no exceda de $ 1.300.000.000. Si el daño proviene de un acto administrativo de carácter particular, cuando la cuantía no exceda de $ 650.000.000.
Cuando la cuantía determinada en los asuntos referidos sea superior, los tribunales administrativos serán los encargados de conocer en primera instancia.
Referencias:
https://www.ambitojuridico.com/noticias/procesal/asi-quedaron-las-cuantias-procesales-para-el-2024
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